A mediados de diciembre del año pasado, CAPIF (Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y de Videogramas) modificó de manera arbitraria, y sin previo aviso, los requisitos para la percepción del derecho de productor fonográfico (correspondiente al período vencido comprendido entre el 1º de julio de 2013 al 30 de junio de 2014).
Desde ese momento, dicha Cámara se niega a atender los llamados de organizaciones de músicos y a dar explicaciones sobre este accionar que perjudica al 80% de sus beneficiarios: los músicos independientes.
Para sumar confusión y desprolijidades, CAPIF ha aplicado distintas lógicas de pago. De acuerdo a los datos relevados por la FA-MI(enviados por los músicos asociados), los requerimientos para efectivizar el cobro del mencionado derecho han sido diversos, poco claros e imposibles de cumplir. Mientras a algunos músicos se les solicitaba cierta documentación, a otros se les requería otra; en algunos casos se pagó lo que corresponde, en otros una cifra sustancialmente menor y la mayoría aún no pudo cobrar.
En nuestro país, el derecho de productor fonográfico administrado por CAPIF permaneció oculto para los músicos independientes durante más de 30 años (desde 1974). A partir del 2005, a través de las gestiones realizadas por la UMI, los músicos comenzamos a percibir los ingresos derivados del mencionado derecho. Desde entonces, en los últimos años diez años, jamás ha existido ningún conficto. Por ello, seguimos desconociendo los motivos por los que CAPIF ha decidido RETENER abruptamente los fondos correspondientes a los músicos independientes, perjudicando gravemente al sector.Tampoco se nos explica porqué tenemos que esperar meses para el cobro de nuestro derecho.
El actual impedimento al cobro del derecho de productor fonográfico significa un retroceso pues se contrapone al ejercicio pleno de los derechos colectivos conquistados por generaciones anteriores.
Como Músicos Independientes, desde SONAR y la FA-MI, estamos buscando una solución frente a esta nueva problemática. En breve comunicaremos los pasos a seguir.
Esperamos contar con tu colaboración.
Comisión Directiva SONAR
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¿Qué es el derecho de Productor Fonográfico?
Es un pago que reciben los productores fonográficos, a través de CAPIF, del monto recaudado por AADI-CAPIF en concepto de derechos de comunicación pública.
AADI-CAPIF cobra en los distintos espacios donde se difunde música grabada de manera pública (bares, restaurantes, supermercados, medios de comunicación, etcétera). Como la música emitida en dichos lugares es no identificable por definición, cada entidad tiene su forma de distribuir el dinero. Descontados los gastos operativos, el 66% del dinero va a AADI (Asociación Argentina de Intérpretes Musicales), el 33% a CAPIF y el 1% al Fondo Nacional de las Artes. La variable utilizada por AADI para distribuir ese dinero no identificado es la planilla de difusión de las radios; mientras que CAPIF utiliza como una de sus variables el pago de los derechos de autor realizado en SADAIC cuando se publica un disco (derechos fonomecánicos).
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